CÁMARAS DE VIDEOVIGILANCIA
El Tribunal Supremo respalda la instalación de cámaras de videovigilancia
El Tribunal Supremo respalda la instalación por una comunidad de propietarios de
cámaras de videovigilancia en edificios comunitarios para proteger la seguridad de los
vecinos, priorizando ésta sobre el derecho a la intimidad cuando la medida sea
proporcionada.
Esta sentencia se produce tras la desestimación de una demanda interpuesta por una
vecina que alegó que la instalación vulneraba su derecho a la intimidad, y solicitaba la
retirada de las cámaras y una indemnización de 2.500 euros por daño moral.
El Tribunal Supremo recalca que se necesita un «título legitimador» para tales
disposiciones y que cualquier intrusión en la privacidad personal y familiar debe ser
proporcional a la finalidad de la medida.