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Adiós al pago de derramas: ¿Cuándo puedes negarte a pagar?

Las derramas en comunidades de vecinos son un motivo frecuente de conflicto, ya que implican cuotas extraordinarias para cubrir gastos imprevistos o financiar obras. Sin embargo, no todas son obligatorias.

Según la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), los propietarios deben pagar derramas aprobadas por la junta de propietarios, incluso si no participaron o votaron en contra. No obstante, hay excepciones: las derramas destinadas a mejoras estéticas que no afecten la seguridad, accesibilidad o eficiencia del edificio no son obligatorias. Por ejemplo, si se renueva la fachada sin ser una necesidad urgente, los propietarios que votaron en contra no están obligados a pagar pero tampoco disfrutarán de los beneficios de la obra.

Si un nuevo propietario adquiere una vivienda con derramas pendientes, está obligado a asumir los pagos desde la fecha de compra. Negarse a pagar puede acarrear sanciones como pérdida del voto en juntas, exclusión del uso de instalaciones comunes o incluso demandas.

En resumen, mientras las obras necesarias son obligatorias, mejoras estéticas o de lujo, como piscinas, pueden impugnarse si no cumplen criterios de necesidad. ¿Qué opinas sobre este tema en tu comunidad?