Novedades Renta 2024

La campaña de la renta 2024, que corresponde al ejercicio fiscal de 2023, está a punto de iniciar, permitiendo a los contribuyentes presentar sus declaraciones entre el 3 de abril y el 1 de julio. Este año, hay importantes cambios que los contribuyentes deben tener en cuenta al realizar su declaración de impuestos.

Uno de los cambios notables es el aumento del mínimo exento de retención a cuenta del IRPF, que pasa de 15.000 euros al año a 15.875 euros. Esta modificación busca evitar que el aumento del Salario Mínimo Interprofesional afecte negativamente a los contribuyentes. Además, este mínimo puede aumentar en función de las circunstancias familiares, llegando hasta los 19.262 euros para ciertos trabajadores.

Los inversores en criptomonedas que operen en el extranjero y posean una cartera superior a los 50.000 euros deberán completar el modelo 721 para informar a Hacienda sobre sus activos fuera de España. La falta de presentación de este formulario puede resultar en multas de hasta 200.000 euros.

En cuanto a las deducciones fiscales, se han introducido varios cambios significativos:

  • Para los planes de pensiones, los de empresa podrán desgravar hasta 8.500 euros, mientras que los individuales permiten una deducción de hasta 1.500 euros o el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, eligiendo el importe menor.
  • Las madres con hijos menores de 3 años pueden deducirse 1.200 euros por cada hijo, ya sea que estén trabajando o recibiendo prestaciones por desempleo.
  • Se ofrece una deducción del 15% del valor de compra de vehículos eléctricos no destinados a actividades económicas, con un límite de 3.000 euros, y del 15% de los gastos de instalación de puntos de recarga.
  • Las donaciones a ONG y la afiliación a partidos políticos tienen deducciones que van desde el 10% hasta el 80%, dependiendo del monto aportado.
  • Por último, se establece un límite de 60.100 euros para deducir los ingresos por trabajos prestados a empresas en el extranjero, siempre que estas estén en la Unión Europea.

En cuanto a los autónomos, hay varios cambios relevantes:

  • Se elimina el requisito de ingresos mínimos de 1.000 euros para presentar la declaración de la renta.
  • Se eleva el porcentaje de reducción de los gastos deducibles de difícil justificación del 5% al 7%.
  • Se establecen dos cuotas de cotización, una reducida para ingresos inferiores a 14.001,48 euros anuales y otra general para ingresos superiores.
  • Los autónomos que facturen menos de 85.000 euros anuales bajo el régimen de franquicia no tendrán que declarar el IVA trimestral ni anual ni emitir facturas con IVA.
  • Se amplía el límite para deducir los planes de pensiones de empleo, pasando de 1.500 euros a un máximo de 4.250 euros en la renta.

Además, se ajusta el IRPF del tramo autonómico en ciertas comunidades, como Navarra, Comunidad de Madrid, País Vasco, Aragón y Canarias, con porcentajes variables. Estas modificaciones impactan significativamente en la forma en que los contribuyentes deben gestionar sus impuestos y declaraciones para el ejercicio fiscal 2023.